
Si usted trabaja para una tienda militar (exchange), un programa MWR o un club en una base militar, normalmente no le cubre la compensación laboral del estado ni el programa para empleados federales. Le cubre la Ley de Instrumentos de Fondos No Asignados (Nonappropriated Fund Instrumentalities Act o NAFIA), que le da los mismos beneficios que la ley federal Longshore.
Daniel Weltin maneja reclamos bajo la Ley Longshore desde 2003 y puede ayudarle con su reclamo bajo NAFIA de principio a fin.
NAFIA cubre a los empleados civiles de las operaciones que las Fuerzas Armadas manejan para los militares y sus familias y que se pagan principalmente con sus propias ventas y cuotas, no con fondos del Congreso. Por ejemplo:
Dentro de la parte continental de Estados Unidos, NAFIA cubre a estos trabajadores sin importar su ciudadanía. Fuera de la parte continental, cubre a ciudadanos y residentes permanentes de EE. UU. A los demás trabajadores en el extranjero los cubren las reglas militares.
NAFIA usa los plazos de la Ley Longshore. Dé aviso por escrito a su empleador dentro de los 30 días después de la lesión, o de cuando supo que estaba relacionada con el trabajo (33 U.S.C. § 912). Presente su reclamo ante el Departamento de Trabajo de EE. UU. dentro de un año (33 U.S.C. § 913). Las enfermedades ocupacionales tienen plazos más largos. No espere.
No. La Ley Longshore, que aplica a los reclamos bajo NAFIA, prohíbe despedir o discriminar a un trabajador por presentar un reclamo (33 U.S.C. § 948a).
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Revisado por Daniel Weltin, abogado. Actualizado en noviembre de 2026. Esta página es información general, no asesoría legal para su caso. Foto: tienda del Army and Air Force Exchange Service en Camp Taji, Irak (foto de cortesía de la Fuerza Aérea de EE. UU.).

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Nos aseguramos de que su empleador reciba el aviso por escrito y de que su reclamo se presente a tiempo ante el Departamento de Trabajo de EE. UU.
Le ayudamos a elegir a su propio médico y presionamos al empleador o a la aseguradora para que pague sus beneficios por incapacidad.
Si niegan o cortan sus beneficios, llevamos el caso a una conferencia informal y, si hace falta, ante un juez administrativo.
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