Despido injustificado y derecho laboral

¿Lo despidieron, lo obligaron a renunciar o lo castigaron por hablar? Luchamos contra el despido injustificado, la discriminación, las represalias y los salarios no pagados.

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Abogado de despido injustificado y derecho laboral para trabajadores del Área de la Bahía

¿Lo despidieron, lo obligaron a renunciar o lo castigaron por denunciar un problema? Puede tener un caso. Consulta gratis. Hablamos español. Llame al (510) 856-4421.

Casos que manejamos

  • Despido injustificado. Lo despidieron por una razón ilegal: discriminación, represalia o una razón que viola el orden público.
  • Despido constructivo. Su empleador hizo el trabajo tan intolerable que una persona razonable renunciaría. California lo trata como un despido.
  • Represalias por denunciar. Lo castigaron por reportar fraude, problemas de seguridad o conductas ilegales a un supervisor o a una agencia del gobierno.
  • Discriminación. Lo trataron peor por su raza, origen nacional, ascendencia, ciudadanía, edad (40 años o más), sexo, embarazo, discapacidad, religión, orientación sexual u otra característica protegida.
  • Represalias. Lo castigaron por quejarse de discriminación o acoso, por tomar una licencia protegida o por pedir el pago que le deben.
  • Salarios no pagados. Horas extra no pagadas, comidas y descansos perdidos, trabajo fuera del horario. Manejamos casos individuales, demandas colectivas y casos PAGA.
  • Discriminación contra trabajadores de EE. UU. Lo reemplazaron o no lo contrataron en favor de trabajadores con visa H-1B u otras visas. Lea nuestra guía.

Señales de que puede tener un caso

  • Lo despidieron poco después de quejarse, reportar un problema, tomar una licencia o preguntar por su pago.
  • Su reemplazo es más joven, de otra nacionalidad o tiene una visa de trabajo.
  • Años de buenas evaluaciones y, de repente, "problemas de desempeño" después de que usted habló.
  • Lo presionaron para renunciar o le redujeron las horas o las tareas.
  • No le pagaron todas sus horas, las horas extra o los descansos.

En muchos reclamos de represalias bajo el Código Laboral, California ahora presume que hubo represalia si lo castigaron dentro de los 90 días después de que usted habló.

Qué puede recuperar

Según el caso: salarios y beneficios perdidos, ingresos futuros, daños por angustia emocional y, en algunos casos, daños punitivos. Las represalias por denunciar pueden sumar una multa civil de hasta $10,000 por violación, que se paga al trabajador. La ley de California permite que el trabajador que gana recupere los honorarios de su abogado en casos de discriminación y en muchos casos de salarios.

Nuestra experiencia

  • Coabogado principal certificado de la demanda colectiva en Garcia v. Oracle, parte de los Oracle Wage and Hour Cases (JCCP 4597, Corte Superior del Condado de Alameda).
  • Coabogado principal de una clase certificada de camareras de hotel en Sosa v. Marriott International (Corte Superior del Condado de Santa Clara).
  • Coabogado principal en casos de salarios contra Capaz Construction, después de ganar la apelación en Castillo v. Toll Bros., Inc. (2011) 197 Cal.App.4th 1172.
  • Caso representativo PAGA, Martinez v. UltraEx (litigio complejo del Condado de Alameda).
  • Múltiples casos individuales de despido injustificado, discriminación y salarios.
  • Abogado con licencia en California desde 2003. Super Lawyers Rising Star 2012–2016.

Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar mi reclamo?

  • Queja federal por discriminación por ciudadanía (Departamento de Justicia, 8 U.S.C. §1324b): 180 días.
  • Queja ante la EEOC (Título VII) en California: 300 días; después, 90 días para demandar desde el aviso de derecho a demandar.
  • Despido injustificado en violación del orden público: generalmente 2 años.
  • Queja por discriminación en California (Departamento de Derechos Civiles, FEHA): 3 años; después, 1 año para demandar desde el aviso de derecho a demandar.
  • Demanda bajo 42 U.S.C. §1981: 4 años si lo despidieron; 2 años si no lo contrataron.

Algunos plazos son más cortos, y los acuerdos de indemnización por despido (severance) muchas veces le hacen renunciar a sus derechos. Llame antes de firmar cualquier cosa.

Qué hacer ahora

  1. Escriba lo que pasó, con fechas y nombres.
  2. Guarde sus propios documentos: carta de oferta, evaluaciones, talones de pago, carta de despido, mensajes. No se lleve archivos confidenciales de la compañía.
  3. No firme un acuerdo de indemnización ni una renuncia de derechos antes de hablar con un abogado.
  4. Llame al (510) 856-4421 para una consulta gratis.

Dónde ayudamos

Silicon Valley y el Área de la Bahía: Condado de Santa Clara (San José, Santa Clara, Sunnyvale, Mountain View, Palo Alto, Cupertino), San Mateo, San Francisco, Alameda (Oakland, Fremont, Hayward, San Leandro) y Contra Costa. Oficina en San Leandro.

¿Mi empleador me puede despedir por cualquier razón?

La mayoría de los empleos en California son "a voluntad" (at will). Pero un empleador no lo puede despedir por una razón ilegal, como discriminación, represalias o por denunciar.

Renuncié. ¿Todavía puedo tener un caso?

Sí, si las condiciones eran tan malas que una persona razonable se habría sentido obligada a renunciar. Eso es un despido constructivo.

¿Debo firmar mi acuerdo de indemnización?

No antes de hablar con un abogado. La mayoría de estos acuerdos le hacen renunciar a sus reclamos a cambio del pago.

¿Cuesta algo hablar con ustedes?

No. La primera consulta es gratis.

¿Hablan español?

Sí. Hablamos español.

Soy ciudadano de EE. UU. y mi compañía prefiere a trabajadores con visa. ¿Tengo un caso?

Posiblemente. La ley federal y la de California protegen a los trabajadores de EE. UU. contra la discriminación por ciudadanía y por origen nacional. Vea nuestra guía.

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Revisado por Daniel Weltin, abogado. Actualizado en noviembre de 2026. Esta página es información general, no asesoría legal para su caso. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

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Cómo funciona

Qué pasa después de llamar

01.
Cuéntenos qué pasó

Llame al (510) 856-4421 o envíe el formulario. Lo escuchamos en español o en inglés y le decimos si tiene un caso.

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Proteja sus plazos

Presentamos su queja a tiempo ante la agencia correcta, como el Departamento de Derechos Civiles, la EEOC o el Departamento de Justicia, para que conserve su derecho a demandar.

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Reunimos sus documentos, datos de pago y testigos, y exigimos los documentos del empleador.

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